Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1094/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
II.2.
II.2. Por otra parte, en otra investigación el 14 de julio de 2004, el Fiscal de Materia Guido Romay Gózales presentó acusación contra Ricardo Lahor Téllez y Juan José Núñez Tolava, por la comisión del delito de robo agravado en el grado de complicidad (fs. 1), la que posteriormente fue ampliada contra el recurrente mediante requerimiento de 4 de agosto de 2004 (fs. 1-6).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.4. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- II.1.
- II.2.
- (fs. 8-9)
- 1)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- si pese a esa omisión se admite el recurso, ese defecto dará lugar a su improcedencia,
- y ante la ausencia de los mismos podrá rechazarse directamente el recurso,
- III.2.
- Fragmento 13
- “III.1.1. Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirvan de fundamento (art. 97.III de la LTC)
- la causa de pedir”
- III.3.
- no explica ni fundamenta de manera clara, coherente y precisa por qué la Resolución impugnada resulta arbitraria y en qué medida y de qué forma las autoridades recurridas a través de ella, han violado su derecho a la presunción de inocencia,
- APRUEBA