SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1175/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1175/2005-R

Fecha: 26-Sep-2005

II.5.

II.5. Tramitados que fueron una serie de recursos, por SC 1204/2004-R, de 30 de julio, reconociendo que: “correspondía el pronunciamiento de un Auto de Vista confirmatorio o revocatorio en sus variantes total o parcial de acuerdo al art. 237.1 y 3 del CPC, y no a través de una decisión anulatoria, que conforme se tiene expuesto, corresponde ser pronunciada sin ingresar al fondo del asunto previa identificación de una infracción de forma a ser subsanada por el inferior; en cuyo mérito los vocales demandados, con esa actuación, vulneraron los derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso del actor, correspondiendo otorgar la tutela solicitada”(sic) (fs. 27 a 39), se aprobó la Resolución 98/04 de 21 de mayo de 2004, dictada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, por la que se anuló el Auto de Vista 33/2004, de 26 de enero, dictada por la Sala Civil Primera de La Paz, ordenando que la referida Sala dicte nueva resolución conforme a derecho (fs. 63 a 65).