Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1175/2005-R
Fecha: 26-Sep-2005
II.6.
II.6. Por Auto de Vista D-654/2004 de 15 de diciembre -impugnado- dictado por la Sala Civil Primera del Distrito Judicial de La Paz -conformada por los ahora co-recurridos-, se confirmó la Resolución 017/03 de 28 de enero de 2003, salvándose los derechos de la parte apelante con relación a los supuestos frutos gananciales establecidos en los arts. 111 y 112 del Código de Familia (CF), para que pueda hacer valer estos si correspondiera por la vía legal pertinente de acuerdo a procedimiento (fs. 42 a 43 vta.).