Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1202/2005-R
Fecha: 29-Sep-2005
II.1.
II.1. El 8 de enero de 1998 (fs.1) Mónica Requeno Durán -ahora recurrente- fue contratada como Secretaria de la Presidencia del Concejo Municipal de Sucre, con el nivel salarial 7, ratificándose su permanencia mediante memorando 16/2000 de 15 de febrero (fs. 3) en el cargo de Secretaria de la Comisión Técnica con nivel salarial No 7 de la planilla de presupuestos y mediante memorando 10/01 (fs.4) en la función de Secretaria de la Comisión de Desarrollo Económico Financiero de Gestión Administrativa y Legal.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- agotar las demás instancias reconocidas por ley para revertir el acto ilegal u omisión indebida.
- III.2.
- mediante el amparo constitucional, se disponga la reincorporación a su fuente de trabajo, dejando sin efecto el memorando
- el recurrente empezó a trabajar en la Alcaldía antes de entrar en vigencia la Ley de Municipalidades y al estar sujeto a la Ley General del Trabajo, como él mismo esgrime en sus argumentos, le corresponde acudir con carácter previo a la judicatura laboral
- III.3.