Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1202/2005-R
Fecha: 29-Sep-2005
recurso
En revisión la Resolución SCII-071/2005 de fs. 177 a 180 pronunciada el 17 de marzo de 2005 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Mónica S. Requena Durán contra Fidel Herrera Ressini, Presidente del Concejo Municipal de Sucre, alegando la vulneración de sus derechos al trabajo, a la defensa y al debido proceso consagrados en los art. 7 inc.d), 16.II y IV y 33 de la Constitución Política del Estado (CPE)
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- agotar las demás instancias reconocidas por ley para revertir el acto ilegal u omisión indebida.
- III.2.
- mediante el amparo constitucional, se disponga la reincorporación a su fuente de trabajo, dejando sin efecto el memorando
- el recurrente empezó a trabajar en la Alcaldía antes de entrar en vigencia la Ley de Municipalidades y al estar sujeto a la Ley General del Trabajo, como él mismo esgrime en sus argumentos, le corresponde acudir con carácter previo a la judicatura laboral
- III.3.