SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2006-R
Fecha: 11-Ene-2006
e) Derecho a la exclusión de la llamada “información sensible” relacionada al ámbito de la intimidad de la persona
e) Derecho a la exclusión de la llamada “información sensible” relacionada al ámbito de la intimidad de la persona, es decir, aquellos datos mediante los cuales se pueden determinar aspectos considerados básicos dentro del desarrollo de la personalidad, tales como las ideas religiosas, políticas o gremiales, comportamiento sexual; información que potencialmente podría generar discriminación o que podría romper la privacidad del registrado.
En definitiva, según la doctrina el hábeas data, como garantía constitucional, reivindica el derecho que tiene toda persona a verificar qué información o dato se difunde acerca de ella y cuál es el fundamento de los datos correspondientes; asimismo el derecho a corregir o aclarar lo inexacto y solicitar la eliminación de las informaciones falsas o erróneas que, por tanto, lesionan su buen nombre, y las de aquellas que invaden la órbita reservada de su intimidad personal o familiar.
- recurso de hábeas data
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La naturaleza jurídica y alcances del hábeas data
- a) Derecho de acceso a la información o registro de datos personales obtenidos y almacenados en un banco de datos de la entidad pública o privada
- b) Derecho a la actualización de la información o los datos personales registrados en el banco de datos,
- c) Derecho de corrección o modificación de la información o los datos personales inexactos registrados en el banco de datos públicos o privados
- d) Derecho a la confidencialidad de cierta información legalmente obtenida, pero que no debería trascender a terceros porque su difusión podría causar daños y perjuicios a la persona
- e) Derecho a la exclusión de la llamada “información sensible” relacionada al ámbito de la intimidad de la persona
- III.2 El hábeas data en el sistema constitucional boliviano
- 1º
- 3º
- III.3. La problemática planteada en el presente recurso
- APROBAR