SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2006-R

Fecha: 11-Ene-2006

e)      Derecho a la exclusión de la llamada “información sensible” relacionada al ámbito de la intimidad de la persona

  e)      Derecho a la exclusión de la llamada “información sensible” relacionada al ámbito de la intimidad de la persona, es decir, aquellos datos mediante los cuales se pueden determinar aspectos considerados básicos dentro del desarrollo de la personalidad,  tales como las ideas religiosas, políticas o gremiales, comportamiento sexual; información que potencialmente podría generar discriminación o que podría romper la privacidad del registrado.

En definitiva, según la doctrina el hábeas data, como garantía constitucional, reivindica el derecho que tiene toda persona a verificar qué información o dato se difunde acerca de ella y cuál es el fundamento de los datos correspondientes; asimismo el derecho a corregir o aclarar lo inexacto y solicitar la eliminación de las informaciones falsas o erróneas que, por tanto, lesionan su buen nombre, y las de aquellas que invaden la órbita reservada de su intimidad personal o familiar.