SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2006-R
Fecha: 11-Ene-2006
III.1. La naturaleza jurídica y alcances del hábeas data
Según la doctrina del Derecho Procesal Constitucional el hábeas data es un proceso constitucional de carácter tutelar que protege a la persona en el ejercicio de su derecho a la “autodeterminación informativa”; es una garantía constitucional que brinda a la persona una protección efectiva e idónea frente al manejo o uso ilegal e indebido de información sobre los datos personales generados, registrados, almacenados en bancos de datos públicos y privados y distribuidos a través de los medios informáticos.
Del concepto referido se infiere que el hábeas data es una garantía constitucional de carácter procesal para la protección de los datos personales, aquellos que forman parte del núcleo esencial del derecho a la privacidad o a la intimidad de una persona, frente a la obtención, almacenamiento y distribución ilegal, indebida o inadecuada por entidades u organizaciones públicas o privadas. Esta garantía constitucional otorga a toda persona, sea natural o jurídica, la potestad, facultad o derecho de acudir a la jurisdicción constitucional para demandar a los bancos de datos y archivos de entidades públicas y privadas con el fin de que le permitan el conocimiento, la actualización, la rectificación o supresión de las informaciones o datos referidos a ella, que hubiesen obtenido, almacenado y distribuido.
- recurso de hábeas data
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La naturaleza jurídica y alcances del hábeas data
- a) Derecho de acceso a la información o registro de datos personales obtenidos y almacenados en un banco de datos de la entidad pública o privada
- b) Derecho a la actualización de la información o los datos personales registrados en el banco de datos,
- c) Derecho de corrección o modificación de la información o los datos personales inexactos registrados en el banco de datos públicos o privados
- d) Derecho a la confidencialidad de cierta información legalmente obtenida, pero que no debería trascender a terceros porque su difusión podría causar daños y perjuicios a la persona
- e) Derecho a la exclusión de la llamada “información sensible” relacionada al ámbito de la intimidad de la persona
- III.2 El hábeas data en el sistema constitucional boliviano
- 1º
- 3º
- III.3. La problemática planteada en el presente recurso
- APROBAR