Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0067/2006-R
Fecha: 19-Ene-2006
II.5.
II.5. De fs. 46 a 115 del anexo, cursan los informes de la recurrente sobre las actividades como consultora, correspondientes a los meses de abril a diciembre, dirigidos a la Asesora Legal, quién por oficio de 6 de mayo de 2004, pide al Gerente Administrativo proceder conforme a derecho al pago correspondiente (fs. 45 del anexo); asimismo la actora por oficio de 30 de noviembre, dirigido al Gerente General solicitó otorgar conformidad con su informe de actividades correspondiente al mes de noviembre para viabilizar su cancelación (fs. 92 del anexo).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- II.11.
- Fragmento 16
- III.1.
- amerita la instauración y desarrollo de un proceso contradictorio, en la vía laboral o civil,
- III.2.
- APROBAR