Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0089/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
Fragmento 11
A su vez, el Comandante Departamental de la Policía será designado por el Comandante General, cual expresa el art. 36 de la LOPN, siendo el Comandante General el órgano máximo de dirección, administración y decisión de la Policía Nacional, la máxima autoridad de la institución, y es designado por el Presidente de la República (arts. 11, 12 y 14 de la LOPN). De todo lo expuesto, se concluye que el Jefe del Organismo Operativo de Tránsito depende en jerarquía del Comandante Departamental correspondiente y éste a su turno del Comandante General de la Policía Nacional.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 11
- III.3..
- cuando la parte recurrente ha utilizado todos los medios y recursos idóneos, en principio ante la misma autoridad
- III.4..
- III.5.
- APRUEBA