Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0100/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
II.1.
II.1. En el proceso penal seguido por Carla Ximena Guardia Guzmán contra Carmen Betsy Miranda Pantoja, José Luis Arancibia, Juan Morales, Marco Antonio Gutiérrez E. y otros, por la presunta comisión de los delitos de falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado, complicidad en falsedad ideológica y falso testimonio, previstos y sancionados por los arts. 199, 203 y 23 con relación a los arts. 199 y 169 del CP, Carmen Betsy Miranda Pantoja impugnó el Auto de Vista de 7 de septiembre de 2004, pronunciado por la Sala Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de La Paz, habiéndose remitido y radicado el expediente en la Corte Suprema de Justicia (fs. 2 a 5).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1.
- III.2.
- puede presentar una nueva solicitud de extinción de la acción penal seguida en su contra ante el Tribunal de casación, para que éste con carácter previo, antes de resolver el recurso de casación y nulidad
- III.3.
- III.4.
- la resolución de las cuestiones relativas a la extinción de la acción penal son de especial y previo pronunciamiento
- III.5.