AUTO CONSTITUCIONAL 298/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 298/2006-RCA

Fecha: 05-Oct-2006

II.2.

El término procedente, según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, viene de la voz latina procedere que significa, “obtenerse, nacer u originarse una cosa de otra, física o moralmente”; término que en el campo jurídico conserva el mismo significado, dado que significa: “iniciar o proseguir una causa; instruir un sumario…ajustarse a derecho o razón” (así, Diccionario de Derecho Usual de Guillermo Cabanellas).