Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 319/2006-RCA
Fecha: 18-Oct-2006
Fragmento 1
En revisión la Resolución 38/2006, de 12 de junio, cursante a fs. 66, pronunciada por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, interpuesto por Ana Lorena Rivero Vilca en representación legal de Francisco Roger Rivero Vilca contra Adda Luz de Bass Werner, Jueza Sexta de Partido en lo Civil y Comercial; Javier Percy Bravo Arroyo y Ricardo Alarcón Pozo, vocales de la Sala Civil Tercera de la misma Corte, por haber vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica, el debido proceso y a la propiedad, previstos en los arts. 7 incs. a), i) y 16. IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- opuso excepciones de falta de personería en el demandado y falsedad de documento
- improcedente in límine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- Fragmento 7
- II.3. Improcedencia del recurso por subsidiariedad
- , la ordinarización del proceso no resultaría eficaz para subsanar los hechos denunciados,
- perdido competencia al haber aceptado dicho desistimiento;
- en primer término, el Tribunal de amparo debió observar la concurrencia de alguno de los supuestos de inactivación previstos en el art. 96 de la LTC
- APROBAR,