Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0954/2006-R
Fecha: 02-Oct-2006
II.7.
II.7. Mediante memorial presentando el 21 de abril de 2003, el recurrente apeló el Auto de 4 de abril de ese año, reclamando la falta de notificación con la primera providencia dictada en ejecución de sentencia conforme a lo dispuesto por el art. 137.II del CPC y la nulidad por violación del art. 514 del CPC, toda vez que el Juez de primera instancia, no observó que la Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, le impuso realizar trabajos de reparación y no a pagar el importe establecido en los informes periciales (fs. 49 a 52 vta.)
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- denegó
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- denegado
- APRUEBA