SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0977/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0977/2006-R

Fecha: 09-Oct-2006

II.3.

II.3. Seguidamente, por memorial presentado el 14 de marzo de 2005, el imputado José Luis Limachi Quispecaguana solicitó la extinción de la acción penal y el posterior archivo de obrados, por haber transcurrido más de seis meses de iniciada la acción penal (fs. 136 y vta.); a cuya consecuencia, por Resolución 97/2005, de 28 de marzo, el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal Cautelar de El Alto -ahora recurrido-, dispuso la extinción de la acción penal a favor de los imputados, toda vez que el Ministerio Público no presentó oportunamente acusación o solicitud conclusiva, dentro del término de cinco días señalados por el art. 134 párrafo tercero del CPP, pese a estar legalmente notificado (fs. 137  a 138).