Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1072/2006-R
Fecha: 26-Oct-2006
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 15 de julio de 2005, el recurrente solicitó al Prefecto del Departamento de conformidad a los arts. 42 y 142 del CM que con el auxilio de la Policía Nacional se proceda al desbloqueo del acceso principal a la concesión minera “Martín Olguita” (fs. 33). A dicho efecto, la indicada autoridad remitió una nota al Comandante Departamental de la Policía para que brinde colaboración con efectivos policiales para proceder al desbloqueo (fs. 34), sin que empero se haya procedido al desbloqueo.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando hubieren cesado los efectos del acto reclamado
- estos deben quedar sin efecto antes de la notificación con el amparo
- III.2.
- III.3.
- denegado