Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1083/2006-R
Fecha: 30-Oct-2006
II.3.
II.3. Contra dicha Resolución, la recurrente interpuso recurso de apelación incidental (fs. 15-17 vta.). Los Vocales recurridos pronunciaron el Auto de Vista de 27 de julio de 2005 declarando inadmisible e ilegal la apelación interpuesta por la recurrente, con el argumento de que el recurso formulado no se encuentra previsto en ninguno de los casos de procedencia del art. 403 del CPP, ya que la anulación de la imputación efectuada por el Fiscal no es recurrible por la vía incidental, por lo que no corresponde la consideración de dicho recurso (fs. 24 y vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación del recurso
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La resolución que resuelve el incidente de nulidad por defectos absolutos no es recurrible de apelación incidental
- III.2. Análisis del caso