SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1084/2006-R
Fecha: 30-Oct-2006
1)
El recurrente por intermedio de su abogado, ratificó su recurso, añadiendo manifestó que: 1) fue imputado formalmente por “Mugebusch” (sic), institución privada que está administrada por miembros de la FAB, 2) el Comandante de la FAB lo pasó a la letra “E” en franca infracción del Reglamento del Tribunal del Personal CJ-RGA-205, que en su art. 16 indica “El Tribunal del Personal podrá cuando corresponda aplicar mediante resolución las siguientes sanciones inc. c) Destino a las letras `B´,`C´,`D´ y `E´ de disponibilidad y reserva activa”, lo que significa que el Comandante de la FAB en ese entonces el General, Oscar Mariscal Arandia, mediante el memorando 020/2005 pasó a su defendido a la letra “E”, arbitrariamente en forma ilegal y no por resolución que debió ser dictada por el Tribunal del Personal, lo que infringe el derecho a la defensa porque no le permitió interponer el recurso de reconsideración y recurso de apelación ante el Tribunal Superior del Personal de la FAB, previstos en los arts. 35 al 40 de su Reglamento; 3) nadie puede ser sometido a sanciones antes de ser condenado, y él está siendo postergado en su derecho a la jubilación, en el ascenso de grado, al no poder ser destinado a institutos militares, ni recibir comisiones al exterior y es imposible el resarcimiento de estos daños antes de ser condenado por sentencia ejecutoriada, toda vez que el pase a la letra “E” no puede ser estipulada como sanción.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- la subsidiariedad y la inmediatez
- subsidiariedad
- III.3.
- de forma inmediata o hasta los seis meses
- III.4.
- denegado
- APRUEBA