SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1085/2006-R
Fecha: 30-Oct-2006
fue notificada legalmente a través de edictos”;
En ese orden, como refiere la SC 0716/2006-R, “(…) para que se active el recurso de hábeas corpus ante procesamiento ilegal o indebido deben concurrir los presupuestos de vinculación directa con la libertad y absoluto estado de indefensión, que no se dan en el presente asunto, ya que si bien se evidencia que el representado de la recurrente se encuentra amenazado en su libertad por el mandamiento de apremio que la Jueza recurrida expidió en su contra, ese acto emerge de la falta de cumplimiento de la conminatoria efectuada que, conforme se señaló precedentemente, fue notificada legalmente a través de edictos”; notificación que también se realizó en el caso analizado, en cumplimiento del procedimiento previsto para el caso de desconocimiento de domicilio del obligado a la cancelación de asistencia familiar devengada, como ocurre en el caso de autos.