SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1085/2006-R
Fecha: 30-Oct-2006
II.2.
II.2. El 12 de julio de 2001, Ana María “Knaudt” Urquidi, solicitó al Juez Quinto de Partido de Familia deje sin efecto el monto de asistencia familiar que le adeudaba su esposo hasta esa fecha, renunció tácita y expresamente de forma temporal a la misma, hasta que José Oswaldo Berdecio Demartini, se recupere económicamente y tenga posibilidades de seguir cumpliendo con esa obligación (fs. 2), el 20 de noviembre de 2001, el Juez corrió traslado al demandante (fs. 2 vta.), a fs. 5 cursa informe del Oficial de Diligencias del Juzgado Quinto de Familia por el que consta que no pudo notificar con el proveído de “fs. 858 vta.” a José Oswaldo Berdecio Demartini, porque a decir de una persona el inmueble señalado como su domicilio habría sido rematado, desconociéndose el paradero del demandante, el 8 de julio de 2002, el Juez dispuso traslado a la parte interesada, quien solicitó citación por cédula, arguyendo ocultamiento malicioso (fs. 6), lo que fue negado por el Juez (fs. 6 vta.) no cursa en obrados prueba documental sobre pronunciamiento al respecto por parte de Oswaldo Berdecio Demartini.