Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1085/2006-R
Fecha: 30-Oct-2006
III.4.
III.4. De otro lado, en cuanto al fraude procesal, se evidencia, que el representado del recurrente interpuso incidente de nulidad de obrados observando los supuestos actos ilegales ahora referidos, arguyendo además fraude procesal, ante el Juez recurrido, solicitud que se encuentra pendiente de resolución, como lo admite el recurrente en su recurso; instancia en la cual se deberá dilucidar el supuesto fraude procesal alegado por el recurrente, así como los extremos de renuncia a la asistencia familiar por parte de la demandante, falta de notificación con la solicitud de pago, liquidación y conminatoria de pago.