SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1105/2006-R
Fecha: 01-Nov-2006
recurso
En revisión la Resolución 013, de 24 de enero de 2006, cursante de fs. 144 a 146 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Wilfredo Muñoz Zabala y Lucy Hurtado Molina contra Lucidio García Morón, Carmen Roxana Méndez Padilla y José Miguel Roca Canido, Juez, Secretaria Abogada y Oficial de Diligencias, respectivamente, del Juzgado Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, y María Eugenia Victoria Banegas de la Vega, alegando haberles causado “indefensión y violado el principio de seguridad jurídica que debe existir en todo proceso” por “violaciones flagrantes a las leyes sustantivas y adjetivas civiles.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- I.
- da lugar al rechazo del recurso, pudiendo subsanarse los defectos de forma en el plazo de 48 horas, sin recurso ulterior, como prevé el art. 98 LTC, caso contrario se mantendrá el rechazo y si pese a esa omisión se admite el recurso, ese defecto dará lugar a su improcedencia…
- III.2.
- III.3.
- APROBAR