SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1148/2006-R
Fecha: 16-Nov-2006
II.1.
II.1. En el proceso coactivo seguido por el Banco Unión S.A., contra la empresa BOL PET S.R.L., representada y como garante solidario y mancomunado e indivisible Alfonso Saavedra Bruno -ahora recurrente-, además de la cogarante Mariela Menacho Suárez de Saavedra por cobro de $us521162,91.- (quinientos veintiún mil ciento sesenta y dos 91/100 dólares estadounidenses) en base a los instrumentos públicos 1392/2000, de 18 de septiembre sobre apertura de línea de crédito, contrato de préstamo de dinero amortizable mediante escritura 1620/2000 y otros 1623/2000 y 1624/2000 y a liquidaciones de crédito y comprobante de desembolsos, se dictó la Sentencia 116/2003, de 16 de mayo, que declaró probada la demanda coactiva, ordenando que a tercero día de la legal citación los coactivados cancelen la suma adeudada, más intereses y costas, bajo prevenciones de remate y subastaba pública (fs. 61 y vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- los recurrentes pretenden que, a través de esta acción extraordinaria, el Tribunal Constitucional en definitiva declare probadas las excepciones por pago documentado en su totalidad y por falta de fuerza coactiva, planteadas dentro del proceso coactivo
- no puede equipararse a esta acción extraordinaria a un recurso de apelación y menos, a un recurso de casación'
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA