Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1179/2006-R
Fecha: 23-Nov-2006
II.2.
II.2. A fs. 4 cursa un requerimiento fiscal emitido el 12 de octubre de 2006, por la fiscal recurrida Carmen Delia Moreno Ferreira señalando audiencia para el 17 de octubre de 2006, a efectos de que Mirian Álvarez Sarabia, Javier Trejo Manga y Carmen Antequera Frías presten declaración informativa por la denuncia incoada por Rolando Pereira Ortiz.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- Fragmento 5
- improcedente
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- el juez cautelar se constituye en un medio de protección y defensa expreso, idóneo, expedito y eficaz para que el imputado pueda reclamar los supuestos actos ilegales cometidos por dichas autoridades, a cuya consecuencia, debe acudir, con carácter previo, ante esta autoridad denunciando esas supuestas vulneraciones a los derechos y garantías que pudieran tener origen en los órganos encargados de la persecución penal, por lo mismo, no se puede acudir directamente al recurso de hábeas corpus, denunciando dichos extremos, si antes no se impugnaron ante la autoridad encargada del control jurisdiccional, de ocurrir esta situación, se activa la subsidiariedad excepcional de dicho recurso”.
- APROBAR