SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1187/2006-R
Fecha: 28-Nov-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes solicitan tutela de sus derechos al trabajo y a ejercer el mandato de concejales, los que consideran vulnerados por los recurridos, quienes mediante acciones de hecho no permiten que se lleve a cabo la sesión del Concejo Municipal de San Lorenzo con el objeto de considerar la propuesta de voto constructivo de censura presentada contra el Alcalde, quien junto a los demás recurridos, incita a la gente para que tomen medidas de hecho como cerrar el edificio del Concejo Municipal, bloquear los caminos de acceso al Municipio para impedir la llegada del representante de la Corte Departamental Electoral, e incluso amenazas contra sus personas para que renuncien. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de los recurrentes, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- II.2.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- es preciso que el recurrente o agraviado, por una parte, aporte los elementos de prueba suficientes en los que se acredite y demuestre la existencia del acto y/u omisión denunciado de ilegal, y por otra, ese agraviado también debe acreditar que en el supuesto acto y/u omisión es responsable la autoridad o persona recurrida por haber tenido intervención y decisión
- III.2.