AUTO CONSTITUCIONAL 383/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 383/2006-RCA

Fecha: 08-Dic-2006

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

Los recurrentes alegan que al retorno de las vacaciones anuales, a las que se acogieron bajo presión y amedrentamiento, el ex Director Departamental de Caminos de Potosí, sin  justificativo alguno procedió a retirarlos intempestivamente de sus fuentes laborales, hecho ante el que le solicitaron dejar sin efecto las cartas de retiro, sin haber obtenido respuesta alguna, por lo que una vez efectuado el cambio de Gobierno, acudieron ante el actual Prefecto del Departamento con la misma petición, sin existir ningún pronunciamiento al respecto; de igual forma, no obstante haber efectuado en reiteradas oportunidades la misma petición al actual Director de Caminos, no recibieron ninguna respuesta a sus reclamos, existiendo una resistencia a reparar el retiro intempestivo al que fueron sometidos sin un proceso administrativo previo. En consecuencia corresponde en revisión, verificar si existen o no las causales de improcedencia o inactivación del recurso de amparo constitucional.