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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1227/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1227/2006-R

    Fecha: 01-Dic-2006

    I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio

    El recurso se interpone contra Virginia Rocabado Ayaviri y Renán Jiménez Sempértegui, Vocales de la Sala Civil Segunda, solicitando se declare procedente el recurso de amparo constitucional y se disponga la nulidad del Auto de Vista de 8 de octubre de 2005, en consecuencia, se mantenga vigente el Auto de primera instancia de 30 de octubre de 2003, que declaró la nulidad de obrados.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • 1.
    • III.2.
    • El entendimiento jurisprudencial anotado, no sólo es aplicable a las sentencias que declaran la inconstitucionalidad de las normas, sino también a las Resoluciones pronunciadas en los recursos de tutela
    • al constituirse en un medio por el cual la Ley Fundamental desplaza su eficacia general,
    • el único límite establecido para aplicar la jurisprudencia constitucional está dado por aquellas resoluciones que tienen calidad de cosa juzgada
    • III.3.
    • III.4.
    • 28 de octubre de 2003
    • los vocales recurridos al no haber aplicado al caso analizado la interpretación realizada por este Tribunal en la SC 0136/2003-R -conforme denuncia la ahora recurrente-
    • APRUEBA

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