SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1227/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1227/2006-R

Fecha: 01-Dic-2006

los vocales recurridos al no haber aplicado al caso analizado la interpretación realizada por este Tribunal en la SC 0136/2003-R -conforme denuncia la ahora recurrente-

Ahora bien, de conformidad a los fundamentos expuestos precedentemente, los vocales recurridos al no haber aplicado al caso analizado la interpretación realizada por este Tribunal en la SC 0136/2003-R -conforme denuncia la ahora recurrente-, no incurrió en ningún acto ilegal u omisión indebida, toda vez que la Sentencia pronunciada dentro del proceso ejecutivo adquirió la calidad de cosa juzgada material siete meses antes de haberse pronunciado la SC 0136/2003-R; en consecuencia, el nuevo entendimiento jurisprudencial no podía alcanzarle, pues, se reitera, el límite para la aplicación de la jurisprudencial, es la cosa juzgada; consiguientemente, los Vocales recurridos, al revocar el Auto de 30 de octubre de 2003, no vulneraron derecho alguno de la recurrente, situación por la que no corresponde otorgar la tutela solicitada.