Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1242/2006-R
Fecha: 08-Dic-2006
II.5.
II.5. La papeleta de pago por la remuneración correspondiente al mes de enero de 2006 a la representada por el recurrente, demuestra que percibió una remuneración básica de Bs700.-, y que ocupaba el cargo de Asistente del Área Técnica (fs. 9); por lo que mediante nota presentada el 2 de febrero de 2006, reclamó tal disminución y su cambio de cargo, recordando estar amparada por la Ley 975 (fs. 16); reiterando tal reclamo por nueva misiva entregada el 9 de febrero de 2006 (fs. 17).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en el caso planteado, la destitución de hecho de la representada, como ya se ha referido en la línea jurisprudencial extractada, constituye un acto ilegal lesivo de los derechos citados, puesto que la recurrente no sólo que estaba embarazada al momento de que los recurridos decidieron darla de baja como funcionaria, sino también su hijo menor que había nacido el 4 de octubre de 2001 aún no había cumplido el año de nacido, de manera que aún la recurrente no hubiese estado embarazada los recurridos no podían destituirla de su cargo, como tampoco podían bajarla del nivel salarial ni de su cargo (…)
- III.2.
- III.3.
- APROBAR