SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1242/2006-R
Fecha: 08-Dic-2006
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 014/2006, de 27 de marzo, cursante de fs. 134 a 136, pronunciada por la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Waldo Albarracín Sánchez, Defensor del Pueblo en representación sin mandato de Maruja Martha Ergueta Illanes contra Mario Rojas Poma y Nestor Pinto Condori, Alcalde y Director Administrativo y Financiero respectivamente, del Gobierno Municipal de Mecapaca, Segunda Sección de la provincia Murillo del departamento de La Paz, denunciando la vulneración de los derechos de su representada a la vida, la salud y la seguridad, al trabajo, a la maternidad, a la estabilidad laboral de la mujer embarazada, a la lactancia materna y a la protección primaria del niño, consagrados en los arts. 7 incs. a) y d) y 193 de la Constitución Política del Estado (CPE); en la Ley 975, de 2 de marzo de 1988; 17 y 107 del Código del Niño, Niña y Adolescente (CNNA).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en el caso planteado, la destitución de hecho de la representada, como ya se ha referido en la línea jurisprudencial extractada, constituye un acto ilegal lesivo de los derechos citados, puesto que la recurrente no sólo que estaba embarazada al momento de que los recurridos decidieron darla de baja como funcionaria, sino también su hijo menor que había nacido el 4 de octubre de 2001 aún no había cumplido el año de nacido, de manera que aún la recurrente no hubiese estado embarazada los recurridos no podían destituirla de su cargo, como tampoco podían bajarla del nivel salarial ni de su cargo (…)
- III.2.
- III.3.
- APROBAR