Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0191/2006-R
Fecha: 21-Feb-2006
II.8.
II.8. El recurrente, por memorial de 5 de julio de 2004, estimando la inexistencia de respuesta a su recurso de revocatoria interpuso recurso jerárquico ante el Director Nacional del SENASAG (fs. 59 a 60); similar recurso y de manera directa fue interpuesto ante el Superintendente General del Servicio Civil por memorial presentado el 26 de agosto de 2004 (fs. 61 a 62 vta.).