Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 089/2006-RCA
Fecha: 29-Mar-2006
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
Los recurrentes alegan que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Roberto Valenzuela Miranda contra Kurth Hoffmann por el delito de violación agravada, las autoridades recurridas al haber rechazado la recusación interpuesta en contra de la Jueza Técnica, Carolina Almaraz Saliva, con argumentos jurídicos de orden civil y no penal, han cometido un acto ilegal que suprime el derecho a la seguridad jurídica, al debido proceso y el derecho a un Tribunal imparcial. Consecuentemente corresponde dilucidar en revisión, si el rechazó de la Corte de amparo, fue resuelto en correcta aplicación de las normas previstas en los arts. 97 y 98 de la LTC.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- rechazó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1.
- II.2.
- los defectos formales, que son los previstos en los numerales I, II y V del art. 97, podrán ser subsanados
- son insubsanables, y en caso de su omisión corresponde el rechazo in limine
- Sobre la importancia
- II.3. En cuanto al requisito de contenido -que como se dijo es insubsanable-, previsto en el art. 97.IV de la LTC
- al no haber señalado el recurrente las normas jurídico constitucionales en las que se encuentran reconocidos los derechos que alude en su demanda, no ha cumplido a cabalidad con el requisito de precisar los derechos y garantías que se consideren restringidos, suprimidos o amenazados, lo cual hace inviable la admisión del presente recurso impidiendo entrar a mayores consideraciones
- II.4.
- II.5.
- APROBAR la Resolución revisada