AUTO CONSTITUCIONAL 102/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 102/2006-RCA

Fecha: 31-Mar-2006

improcedente

El Tribunal de amparo, Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Resolución 69/2005, de 14 de septiembre, declaró improcedente el recurso de amparo constitucional, con el fundamento de que “el recurrente no utilizó el recurso de complementación y enmienda previsto en el art. 196 inc. 2) y 221 del Código de procedimiento civil (CPC), habiendo consentido expresamente el contenido de la Resolución, por lo que el recurrente no ha agotado los recursos ordinarios previstos por ley”, encontrándose por consiguiente en las causales de improcedencia previstos en el art. 96 incs. 2 y 3)  de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).