Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0213/2006-R
Fecha: 07-Mar-2006
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
La recurrente ratificó su recurso, reiterando los argumentos del mismo e indicando que los recurridos, no obstante haber sido admitida la querella por el a quo, con una excepción previa y una interpretación errónea de la legalidad ordinaria al determinar que el momento de la consumación del delito de estafa se daba a partir de la suscripción de la falsa póliza, cuando debe ser a partir del daño efectivo que acaeció con la negativa del pago de la mencionada póliza en agosto de 2001, le negaron el acceso a la justicia y por ende, a ejercitar actividad probatoria en juicio, por lo que nuevamente reitera se le restituyan el derecho a la seguridad jurídica y el acceso a la justicia.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en la SC 1130/2002-R, de 18 de septiembre, que los requisitos de contenido, que dan lugar al rechazo in límine del recurso, son los previstos en el art. 97.III, IV y VI de la LTC.
- III.2.
- petitium
- el art. 97.VI de la LTC relativo a lo que se solicita para preservar o restablecer ese derecho,
- III.3.
- no fijó el petitorio que sea consecuencia de los hechos demandados como ilegales,
- REVOCAR