Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0271/2006-R
Fecha: 22-Mar-2006
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18.III y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional, con los fundamentos expuestos resuelve APROBAR la Resolución 001/2006, de 24 de enero, cursante de fs. 29 a 31, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- Fragmento 5
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- sitio de trabajo
- III.1.3. Excepciones al derecho a la inviolabilidad de domicilio
- o los casos en los que se requiere efectuar un registro o una actuación procesal dentro del domicilio en cuyo caso se requerirá de orden judicial motivada
- III.4.
- APROBAR