Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0271/2006-R
Fecha: 22-Mar-2006
III.4.
III.4. En cuanto a la actuación de los policías co-recurridos, se evidencia que éstos actuaron únicamente en observancia y acatamiento de la orden de apremio librada por el Juez recurrido, de lo que se colige que no se excedieron en sus funciones ni cometieron actos ilegales que vulneren el derecho a la libertad del actor, por lo que, al haberse ejecutado el mandamiento de apremio en la fuente laboral del actor, no se incurrió en exceso de autoridad ni de atribuciones, de lo cual se infiere la inexistencia de acto ilegal por parte de las autoridades recurridas, que amerita declarar improcedente el presente recurso.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- Fragmento 5
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- sitio de trabajo
- III.1.3. Excepciones al derecho a la inviolabilidad de domicilio
- o los casos en los que se requiere efectuar un registro o una actuación procesal dentro del domicilio en cuyo caso se requerirá de orden judicial motivada
- III.4.
- APROBAR