SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0296/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0296/2006-R

Fecha: 29-Mar-2006

deniega

La  Resolución 07/2005, cursante de fs. 49 a 51, pronunciada el 11 de agosto de 2005 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, deniega el recurso, sin costas ni multa, bajo estos fundamentos: 1) al no dar respuesta al pedido de  la recurrente sobre el horario de lactancia, “aparentemente” el recurrido habría restringido el derecho de petición, pero “ha hecho las aclaraciones pertinentes”; 2) la autoridad demandada, al disponer el desplazamiento de la actora, ha hecho uso de la atribución que le confiere el art. 40.10 de la LOMP, habiendo aquella invocado indebidamente la Ley 975, pues su art. 2 se refiere a la mujer en gestación y no a la que ya dio a luz; 3)  la inamovilidad o estabilidad no impide el desplazamiento de un lugar a otro, sino a que no se puede destituir a la mujer en gestación y hasta que su hijo alcance la edad de un año; 4) no se han vulnerado los derechos  de la recurrente.