SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0302/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0302/2006-R

Fecha: 29-Mar-2006

II.4.

II.4.    Por memorial de 11 de septiembre de 2003 (fs. 74), los imputados solicitaron se declare el abandono de la querella por la paralización del proceso por más de 60 días, petición que mereció el Auto 536/2003, de 9 de octubre de 2003 (fs. 81), por el cual el Juez recurrido declaró abandonada la querella respecto a los imputados Fidel Aguilar Laura y Elvis Aguilar Loza. Decisión que quedó subsistente conforme la Resolución 554/2003, de 23 de octubre (fs. 84 a 85), que en el punto segundo de la parte dispositiva, señaló: “De oficio se mantiene la decisión asumida en la Resolución Nº 536/2003, de fecha 9 de octubre de 2003 y subsistente la declaración de ABANDONO DE LA QUERELLA formulada por la CERVECERIA BOLIVIANA NACIONAL S.A.” (sic). Determinación que fue impugnada por la CBN S.A. (fs. 89 a 91), que mereció el Auto de Vista 273/2003 de 26 de noviembre (fs. 101 a 102), que declaró la procedencia de la cuestión planteada en el recurso de apelación incidental, por ende, dejó sin efecto la Resolución 536/03, de 9 de octubre de 2003, así como el punto segundo de la parte dispositiva del Auto de 554/03, de 23 de octubre de 2003, además dispuso proseguirse con los trámites de la acción penal. 

            Esta decisión motivó a que la parte imputada interponga un recurso de amparo constitucional bajo el argumento que los vocales que dictaron el Auto de Vista 273/2003, de 26 de noviembre, no consideraron que el art. 403 inc. 11) del CPP, no faculta a conocer en apelación el abandono de la querella, acción constitucional que fue declarada improcedente por el Tribunal de Amparo, siendo aprobada la decisión por SC 0665/2004-R, de 4 de mayo (fs. 252 a 259).