Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0304/2006-R
Fecha: 29-Mar-2006
II.7.
II.7. Interpuesto el presente recurso, el Tribunal de amparo constitucional mediante proveído de 6 de julio de 2005, dispuso por una parte que con carácter previo el recurrente observe el contenido del art. 97.IV de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) y por otra, acompañe la documentación debidamente legalizada (fs. 94).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concede parcialmente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- art. 97.IV de la LTC
- III.3.
- cuya mínima fundamentación exige una relación clara de causalidad entre ambos y no el mero relato de los hechos y la indicación de derechos previstos en determinados artículos
- REVOCAR