Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0351/2006-R
Fecha: 10-Abr-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El actor arguye que, no obstante que las Leyes 843, 1606 y el Código Tributario Boliviano, no establecen término de duración de una exención dispuesta a favor de una entidad sin fines de lucro como es la que representa, la Alcaldía Municipal de Cochabamba, si bien reconoció tal exención, ha establecido un plazo para su vigencia, y pretende cobrarles por gestiones anteriores, lo que atenta contra los derechos de su mandante a la seguridad jurídica, a reunirse y asociarse para fines lícitos, y a la propiedad privada, además de infringir lo dispuesto por los arts 31 y 32 de la CPE. Corresponde establecer, en revisión, si en este caso es posible otorgar la tutela impetrada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 1337/2003-R, de 15 de septiembre.
- III.2. La legitimación pasiva
- Fragmento 13
- III.3. .En cuanto al supuesto cobro de impuestos por anteriores gestiones
- APRUEBA