AUTO CONSTITUCIONAL 0005/2006-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0005/2006-O

Fecha: 18-May-2006

II.2.

II.2. Por decreto de 26 de octubre de 2005, la Sala Penal Tercera -Tribunal de amparo-, dispuso se oficie al Ministerio Público para que tome conocimiento  que la Resolución dictada en primera instancia -que declaró procedente el recurso de amparo- como lo dispuesto en ella -remisión de antecedentes al Ministerio Público-, habría sido revocada, debiendo remitirse fotocopias legalizadas tanto de la Resolución 12/2005 como de la SC 1108/2005, a efecto de que se proceda de acuerdo a lo dispuesto en la referida Sentencia Constitucional.