AUTO CONSTITUCIONAL 168/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 168/2006-RCA

Fecha: 31-May-2006

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente interpone recurso de amparo constitucional contra el presidente del Directorio del Ingenio Azucarero Guabirá, alegando que la nota IAG-SA-P-66/05, de 19 de agosto de 2005, dispone su destitución del cargo de Director Suplente de la Serie “A”, sin haber cumplido el procedimiento ni reunido el 50% de accionistas exigidos en los art. 42 y 45 del estatuto del Ingenio Azucarero Guabirá S.A., este acto del recurrido suprimió sus derechos a la seguridad jurídica por haberlo destituido mediante un procedimiento extraordinario sin cumplir requisitos legales mínimos vulnerándose así sus derchos, a emitir libremente sus opiniones, y a formular peticiones pues sus declaraciones molestaron al recurrido tratando de silenciarlo a través de su destitución, coartando su derecho a solicitar lo que considere conveniente. En consecuencia, corresponde determinar si el Juez de amparo al disponer el rechazó del recurso obró correctamente.