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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0033/2006
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0033/2006

    Fecha: 10-May-2006

    “ARTÍCULO 27.

    “ARTÍCULO 27. Son aportes obligatorios al Consejo Nacional de Acreditación de la Educación Superior  los correspondientes al 1% del total pagado anualmente por cada uno de los estudiantes inscritos en instituciones de Educación Superior, que financian sus actividades académicas con aportes y contribuciones estudiantiles. Se exceptúa de esta  disposición a las universidades públicas que perciben ingresos por subvención Estatal y coparticipación tributaria”.

    • recurso contra tributos y otras cargas públicas
    • a)
    • b)
    • c)
    • d)
    • e)
    • f)
    • g)
    • h)
    • I.2. Admisión y citación
    • II.1.
    • “ARTÍCULO 27.
    • III.1.
    • una persona a quien se pretende aplicar la norma objetada, estime que en la misma o en el procedimiento de su emisión, existe lesión a los preceptos constitucionales
    • III.2.
    • no ha sido aún formalmente constituida,
    • INFUNDADO

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