Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0423/2006-R
Fecha: 03-May-2006
II.3.
II.3. El 31 de enero de 2006, el representado del recurrente se negó a declarar (fs. 66), prestando su declaración informativa el 1 de febrero de 2006 (fs. 67). En la misma fecha la Fiscal recurrida ordenó la aprehensión del representado (fs. 68) y presentó imputación formal en su contra por la presunta comisión de los delitos de homicidio, lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito, solicitando su detención preventiva (fs. 69 a 71), siendo notificado con la imputación el 2 de febrero de 2006 (fs. 72).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- queda abierta una vez que los medios de defensa existentes en el ordenamiento jurídicos fueron agotados, o lo que es lo mismo, sólo cuando el tribunal superior en grado no haya reparado las lesiones denunciadas
- 1º REVOCAR en parte
- 2º