Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0423/2006-R
Fecha: 03-May-2006
II.5.
II.5. Por memorial presentado el 22 de febrero de 2006, el actor formuló apelación contra la Resolución de medidas cautelares, el Juez correcurrido mediante providencia de 23 de febrero de 2006, rechazó la apelación alegando haberse interpuesto fuera del plazo de setenta y dos horas, previsto por el art. 251 del CPP (fs. 9 y vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- queda abierta una vez que los medios de defensa existentes en el ordenamiento jurídicos fueron agotados, o lo que es lo mismo, sólo cuando el tribunal superior en grado no haya reparado las lesiones denunciadas
- 1º REVOCAR en parte
- 2º