SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0442/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0442/2006-R

Fecha: 10-May-2006

II.7.

II.7.  Por Resolución 292/2004 de 8 de noviembre, (fs. 81 a 84) el Pleno del Consejo de la Judicatura confirmó la Resolución Final de 6 de octubre de 2004 por haberse adecuado la actuación del Tribunal Sumariante a las formas procesales disciplinarias y a los antecedentes del proceso, con el argumento de que el Tribunal Sumariante emitió el 22 de septiembre de 2004 un Auto por el cual se determinó la clausura del periodo probatorio, habiendo sido presentada en la misma fecha una carta en la que la recurrente hizo conocer al Director General del Instituto de la Judicatura su alejamiento definitivo de la institución solicitando que la misma sea aceptada a partir del 30 de octubre de 2004 y el goce de su vacación anual a partir del 15 del mismo mes y año, nota que conoció el Tribunal Sumariante el 23 de septiembre de 2004, vencido el término de prueba, por lo que dicho Tribunal al emitir la Resolución de primera instancia se ajustó a lo previsto por el art. 80 del RPDPJ que determina la duración del término de prueba, “(...) toda vez que la renuncia y solicitud de vacación corresponden al orden administrativo y fueron solicitadas fuera de instancia” (sic).