SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0469/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0469/2006-R

Fecha: 16-May-2006

concedió

Por Resolución cursante de fs. 121 a 122, el Tribunal de amparo concedió el recurso, disponiendo que las autoridades recurridas, den respuesta y cumplan con la información requerida por la recurrente en el plazo de setenta y dos horas como máximo, sin costas por ser excusable, con los siguientes fundamentos: a) los oficios que cursan de fs. 4 a 10, que se encuentran recibidos (con sellos de recepción) por parte de las autoridades recurridas, solicitando la información y documentación que hace a la determinación y decisión de suspensión de la ahora recurrente, los mismos que no merecieron respuesta alguna, pese a que en audiencia los recurridos señalaron que la demandante debió requerir dicha información y documentación al Tribunal de Honor de Justicia Estudiantil; por lo que se vulneró el derecho de petición; b) no corresponde mayores consideraciones respecto al derecho de defensa en un proceso no adjunto al presente recurso, cuya inexistencia además arguyen las autoridades recurridas, de donde no es posible precisar o establecer la vulneración del derecho de defensa que se expone en el presente recurso.