Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0469/2006-R
Fecha: 16-May-2006
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión resuelve REVOCAR la Resolución de fs. 121 a 122 pronunciada el 8 de septiembre de 2005 por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni y, en consecuencia, declara IMPROCEDENTE el recurso de fs. 100 a 103 vta., de obrados.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y personas recurridas y petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- II.11.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2.
- III.3.
- REVOCAR