Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0469/2006-R
Fecha: 16-May-2006
II.11.
II.11. Por memorial presentado el 12 de mayo de 2005, la ahora recurrente dirigiéndose al Juez de Instrucción de turno en lo Civil, haciendo constar que los oficios que remitió a las autoridades académicas y estudiantiles -ahora recurridas- no fueron respondidos, solicitó orden judicial contra los tres recurridos para que le otorguen lo solicitado (fs. 10 a 11); a cuya consecuencia, por Auto de 16 de mayo de 2005, el Juez Primero de Instrucción en lo Civil, dispuso que en el plazo de setenta y dos horas los ahora recurridos entreguen las fotocopias legalizadas y certificación solicitada (fs. 12); sin embargo, sólo cursa notificación a una persona, Ray Vasskouff Gil (fs. 15).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y personas recurridas y petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- II.11.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2.
- III.3.
- REVOCAR