SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0502/2006-R
Fecha: 31-May-2006
Fragmento 16
Asimismo el actor no expresó con claridad y precisión los derechos fundamentales quebrantados, ni refirió de qué modo fueron vulnerados, pues no es suficiente alegar que se quebrantó la seguridad jurídica sin referir la manera de su infracción, pues, el actor se limitó a hacer una relación de los hechos y expresar su propia conclusión sin mayores argumentos jurídicos, señalando que el Juez, al revocar las Resoluciones 180/2004 y 181/2004, por una parte no tomó en cuenta que al haberse declarado sobreseimiento definitivo a favor de su persona correspondía la devolución de la fianza, y por otra que no tomó en cuenta el Auto de Vista 188/2003, de 24 de septiembre por el que se dispuso que se regule el honorario profesional; sin referir concretamente como y porqué señala que se vulneró la seguridad jurídica, no refirió el nexo de causalidad, entre los hechos y el derecho vulnerado, por lo que no se activa el amparo, concretamente el actor se circunscribió en el recurso a hacer una relación de los hechos y cita de las disposiciones legales y constitucionales, sin precisar la forma o manera en la que los hechos alegados lesionaron sus derechos, no indicó fueron infringidas, es decir el recurso carece de fundamentación jurídica constitucional; motivo por el que no es posible ingresar a analizar la temática de fondo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 16
- recurrente no ha cumplido con las condiciones esenciales para que la jurisdicción constitucional pueda ingresar al fondo de la problemática
- APRUEBA