SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0050/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0050/2006

Fecha: 21-Jun-2006

II.1.

II.1. El Sindicato Médico y Ramas Anexas de la Caja Petrolera de Salud de Santa Cruz por nota de 10 de agosto de 2005 dirigida al Administrador Regional de la citada entidad, ahora recurrente, puso en conocimiento suyo el pliego de peticiones 001/2005, de 9 de agosto (fs. 3), consistente en 16 puntos, a saber: 1) La presentación de un plan de reestructuración administrativa; 2) el funcionamiento del Consejo Técnico de Salubridad y Consejo Regional de Salud; 3) respeto de la línea de autoridad orgánica de los jefes y responsables de Servicios; 4) se cumpla el cronograma de institucionalización de los cargos; 5) demanda de profesionalización administrativa; 6) que no ocupen cargos funcionarios con antecedentes de evidentes malos manejos y administrativos; 7) inicio de procesos administrativos a los funcionarios con informes negativos del INASES; 8) no renovación de los contratos de docencia de pregrado; 9) dejar sin efecto designación de administradores de hospitales; 10) contratación de personal con aprobación del Comité de Admisión; 11) revisión previa de los contratos de compra de servicios y adquisiciones; 12) planteamiento del proyecto de informática; 13) reestructuración del departamento legal; 14) incluir en el próximo presupuesto, la nivelación salarial de las licenciadas en enfermería; 15) la Administración Regional exija el incremento salarial de los profesionales administrativos y 16) se incluya en el presupuesto 2006, las previsiones económicas para cumplir con los pagos de quinquenios de los trabajadores (fs. 204-206).